Lenia Batres frena cobro por casi 6 mil mdp en impuestos al ISSSTE, dirigido por su hermano; Hugo Aguilar pide dejar amparo en lista

**Lenia Batres Frena Cobro de 5 mil 810 millones de pesos al ISSSTE**

En una resolución inédita, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó a un Tribunal Colegiado recalcular una deuda por impuestos que el gobierno de la Ciudad de México reclama al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE). Los ministros de la SCJN decidieron por mayoría de seis votos contra uno frenar el cobro de 5 mil 810 millones de pesos (mdp) que la Secretaría de Finanzas solicitaba al ISSSTE por concepto de predial, impuesto sobre nómina y suministro de agua correspondiente a los años 2009 a 2013.

Según el proyecto de la ministra Lenia Batres Guadarrama, el ISSSTE, a cargo de su hermano Martí Batres Guadarrama, no debe pagar el impuesto predial en virtud de lo establecido en el artículo 122 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicano, que establece que los inmuebles de una institución pública destinados a dar servicio a la población están libres de ese impuesto. La decisión fue motivada por la determinación de que los inmuebles del ISSSTE están exentos de pagar el impuesto predial.

En la sesión ordinaria, el ministro presidente Hugo Aguilar Ortiz solicitó a la ministra Lenia Batres retirar su proyecto, con la intención de dejarlo en lista y atender consideraciones de las partes y otros ministros. Sin embargo, la ministra rechazó la petición y decidió que el asunto permanezca en la discusión del orden del día de la sesión.

El caso deriva de un juicio de amparo iniciado por el ISSSTE contra créditos fiscales por 998.2 millones de pesos en 2009, 1,064.3 millones en 2010, 1,123.5 millones en 2011, 1,520.8 millones en 2012 y 1,103.9 millones en 2013. La SCJN decidió revisar la deuda y determinar la legitimidad del cobro de esos montos por parte de la Secretaría de Finanzas.

La resolución de la SCJN abre nuevas perspectivas para el ISSSTE y sus empleados, que podrían ver reducidas sus deudas fiscales. Es importante destacar que la decisión final puede haber sido dictada por consideraciones de equidad y justicia en materia de cumplimiento fiscal, pero también es posible que se haya debido a otros factores que aún no se han revelado públicamente.

Fuente: Ver nota original

Dejar un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *